
13 de mayo, 2024
Mario Aguerrido abogado querellante de la familia Dupuy pasó por el aire de radio 5 y se refirió a que el Superior Tribunal de Justicia, rechazó que haya sido un “crimen de odio” hacia el género masculino. "La sentencia es de la semana pasada yo la estuve viendo recién este fin de semana y la decisión del superior tribunal no me sorprende para nada, teniendo en cuenta que se trataba de un recurso de casación y eventualmente tendría que eventualmente analizar pruebas", comentó.
En su paos por Radio 5 explicó, "ya casi como que hay un cliché que un tribunal de casación no puede revisar la prueba por que el tribunal de grado es el responsable de analizar la prueba, menos en este tema donde podría existir un crimen de odio. El derrotero judicial de esta causa de la parte querellante, es muy grave lo decidido, se acepta y se condena a estas personas por la existencia de un homicidio cometido con ensañamiento, alevosía, con abuso sexual gravemente ultrajante. Con toda una serie de conductas delictivas, que precisamente caracterizan a los crímenes de odio, no sé si me explico con la referencia, si hay algo característico en los crímenes de odio es el ensañamiento, aprovecharse de la vulnerabilidad".
El abogado querellante, fue consultado sobre su punto de vista sobre el porque el STJ rechazó el móvil del crimen como "Odio de Género" y explicó, "generalmente se habla de crímenes de odio cuando el género de la victimas es una mujer, yo estoy acá casi convencido que si en vez de una criatura de sexo masculino estuviéramos hablando de una criatura de sexo femenino y los autores fueran los hombres, a esta altura tendríamos una condena por odio al género, no tengo dudas de eso, cambiando los intérpretes, pero en este caso dicen que el móvil del crimen de odio tiene un trasfondo psicológico que no se ha podido probar".
Al ser consultado, sobre porque piensa que el STJ resolvió de esta manera, comentó, "es muy discutible si tomamos la pericia oficial y entendemos, o no entendemos o no queremos entender que la pericia de partes en este caso de la Licenciada Rogero no contradice si no que complementa la pericia oficial. Evidentemente nunca vamos a llegar a la prueba de odio, se trata de probar la motivación que tuvo una homicida, es cierto podemos considerar a la prueba psicológica por excelencia, pero también el análisis probatorio exige hacer un circulo. A partir de esto si nosotros tenemos que demostrar que intención tuvo una persona o que móvil tuvo una persona para matar a otra es imposible encontrar pruebas directas, vamos a encontrar un cúmulo de pruebas".
Y agregó, "con un documento de las naciones unidas que caracterizan los homicidios por odio cuando las víctimas son mujeres o niñas, y la caracterización de ese tipo de homicidio cuando las mujeres son niñas se dan todas las características que se dan en el caso Lucio. La única salvedad es que Lucio tenía el rol de niño y no de niña puntualmente, esto es un modelo de protocolo elaborado para América central y alto comisionado de las naciones unidas para el apoyo de derechos humanos realizado por O.N.U.".
"Es parte del proceso de consulta realizado al sistema de justicia latinoamericano, donde intervienen, fiscales, jueces, policías, etc., Dice las muertes violentas se producen en dos escenarios, intimo o familiar y en lo sexual, acá se dio en lo familiar y sexual. La situación de violencia a lo familiar contra la mujer refiere, también se realiza contra los hijos en forma más violenta, identificando a la niña con la madre. En este caso el planteo de la querella es identificar al nene con el padre puntualmente, en cuando a la fundamentación del crimen de odio¨. Comento el letrado que amplio dando más detalles de la causa.". finalizó.