Tras la repercusión de la sentencia contra un hombre que amenazó y golpeó salvajemente a su hija adolescente en septiembre de 2025, el fiscal Juan Pellegrino pasó por el aire líder de Radio 5 para profundizar en los aspectos legales y procesales que rodearon la causa. El caso, resuelto mediante un juicio abreviado homologado por el juez de control Heber Pregno, derivó en una pena de seis meses de prisión en suspenso y estrictas reglas de conducta.
Durante la entrevista, el fiscal abordó uno de los puntos que más debate genera en la sociedad: la diferencia entre la gravedad de la agresión y la calificación legal de la condena. "La situación se inicia en un contexto donde un padre agrede a su hija; es una agresión de entidad, real", señaló Pellegrino. Sin embargo, aclaró que los tipos penales se encuadran estrictamente en función de las lesiones constatadas: "Las lesiones que le causó efectivamente el padre a esa hija en particular fueron de carácter leve, encuadradas en el artículo 89 del Código Penal".
El fiscal explicó que, al ser agravadas por el vínculo, la pena de prisión comienza en seis meses y se extiende hasta los dos años. En este caso particular, al tratarse de un autor primario —es decir, sin antecedentes penales—, el Código Procesal Penal prohíbe las salidas alternativas como la suspensión de juicio a prueba (probation) en contextos de violencia familiar o de género. Por ello, la alternativa legal adoptada fue el juicio abreviado.
La escucha a la víctima y la importancia del vínculo
Uno de los ejes fundamentales de la resolución judicial fue la postura adoptada por la propia víctima a lo largo del proceso. Pellegrino remarcó que, entre las reglas de conducta impuestas por el Tribunal de Impugnación Penal, una de las premisas centrales es no afectar los intereses de la víctima, lo que implica que la adolescente de 16 años debía ser escuchada obligatoriamente antes de dictar sentencia.
“La víctima en este caso es la hija, representada por su madre. Fueron entrevistadas por el Ministerio Público Fiscal y por el juez de control, y en ambas instancias siempre prestaron conformidad al monto de la pena y a esta cuestión de que la hija no quería perder el vínculo con su padre”, detalló el fiscal.
Asimismo, se impuso como condición obligatoria que el agresor cumpla estrictamente con el plan de intervención y protección dispuesto por la Unidad Local de Niñez y Adolescencia, además de someterse a un tratamiento psicológico. El fiscal advirtió que, de no acatar estas exigencias o de incumplir las pautas fijadas durante los próximos dos años, la condena condicional podría revocarse, generando nuevas consecuencias judiciales.
Finalmente, Pellegrino reflexionó sobre la complejidad de estos episodios dentro del ámbito familiar y destacó que, a pesar del impacto social que generan los hechos, la justicia actúa con base en pruebas científicas, médicas y contemplando integralmente la voluntad y el resguardo emocional de la víctima.